domingo, 15 de mayo de 2016

Personas LGBTI en Venezuela no cuentan con una ley que los proteja


Venezuela no cuenta con una ley específica que obligue al Estado a garantizar y proteger el derecho a la igualdad y no discriminación de las lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales. Solo tiene pocos instrumentos legales que mencionan la no discriminación por motivo de la orientación sexual en algunas áreas específicas, a saber: Artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Popular (2010), Articulo 173 de la Ley de Instituciones del sector Bancario (2010), Resolución 185, Artículo 3 Normas y Garantías relativas a los Derechos de las Mujeres y la Sexodiversidad a la Igualdad y Equidad de Género en los Cuerpos de Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos de Policía Estadales y Municipales (2010), Art. 5 de la Ley de regulación y control de Arrendamientos de Viviendas (2011), Artículo 21 de la Ley Orgánica del Trabajo, de las Trabajadoras y Trabajadores (2012). Además que estas leyes carecen de mecanismos que permitan implementar estrategias reales y efectivas para evitar la discriminación y la desigualdad, de tal manera que en la realidad son leyes vacuas, inocuas e inútiles.  [1]
Durante 17 años, varias organizaciones de derechos humanos de personas  LGBTI, han realizado solicitudes ante el gobierno Nacional;  y las tres gestiones (2000-2005) (2005-2010) (2010-2015) pasadas de la Asamblea Nacional dominadas por el partido socialista de Venezuela.; así como ante las diferentes gestiones de la Defensoria del pueblo: Dilia Parra Guillén (1999-2000), Germán Mundaraín (2000-2007) y Gabriela del Mar Ramírez (2007-2014) y el actual defensor Tarek William Saab (2014-2021); sin obtener respuestas favorables.


Grupos vulnerados y vulnerables
Los grupos históricamente objeto de discriminación son las mujeres; los niños, niñas y adolescentes; los migrantes; los afrodescendientes; los indígenas; los discapacitados; y las personas LGBTI.  

En Venezuela, hasta ahora, se ha legislado para proteger a la mayoría de los grupos antes mencionados a excepción de las personas LGBTI. A pesar de la obligación que tienen los estados de procurar un trato igualitario y sin discriminación a todas las personas.

A las personas trans en Venezuela se les niega el derecho a su identidad, al no poder realizar el cambio de nombre y género en sus documentos personales. Eso coloca a las personas trans en una situación de vulnerabilidad, exclusión y marginalidad que les impide acceder a cosas tan básicas el derecho al estudio, al trabajo y a la salud.

A las parejas del mismo sexo en Venezuela se les niega la protección a sus familias, lo cual es una obligación del estado, brindar protección a todas las familias.  Más de seis mil familias homoparentales en Venezuela se les niega el acceso a todos los derechos que derivan del matrimonio, lo cual les limita su vida cotidiana así como el apoyo mutuo en situaciones de enfermedad o defunción. Mientras que las personas intersexuales al nacer son sometidas a cirugías de reasignación genital, a través de métodos de coacción a sus padres, lo cual es violatorio de sus derechos.

El pasado jueves 12 de mayo, la actual Asamblea Nacional con mayoría de la Mesa de la Unidad Democrática aprobó la Declaratoria del 17 de mayo como Día Nacional contra la homofobia, transfobia y bifobia. Tenemos la certeza de que este es el primero de los cambios positivos que se darán a favor de las personas LGBTI en Venezuela.

Acá les dejamos unos datos oficiales, según el más reciente censo de población en Venezuela realizado en el año 2011, sobre los diferentes grupos vulnerables; y los instrumentos legales que los protegen.      



[1] La discriminación y la impunidad no son iguales ante la ley. Informe sobre la situación de DDHH de personas LGTBTI en Venezuela. 2015. Informe de la Red LGBTI de Venezuela ante la CIDH.   


Red LGBTI de Venezuela. 

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